Una demanda amplía una prestación por maternidad a una familia monoparental

Una demanda amplía una prestación por maternidad a una familia monoparental
Una sentencia reconoce este derecho, por segunda vez, tras la conseguida recientemente en Euskadi por el sindicato USO. En esta ocasión, la demanda ha condenado por primera vez a la Administración Pública a reconocer el permiso de 32 semanas a una mujer que fue madre en agosto de 2021 en Galicia.

Tras demanda presentada por este sindicato, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de A Coruña ha dictado sentencia en la que reconoce el derecho de una familia monoparental a obtener una ampliación del periodo de permiso por nacimiento de hijo o hija.

El juzgado determina así que los menores de familias con un solo progenitor se encuentran en una situación desfavorable respecto a los de las familias biparentales.

Contra esta sentencia no cabe recurso y condena en costas a la Delegación del Gobierno, organismo que denegó la concesión del permiso de 16 semanas correspondiente al progenitor distinto a la madre.

Es la segunda sentencia en este sentido obtenida por los Servicios Jurídicos de USO tras la reclamada por LSB-USO-Euskadi acerca de la discriminación hacia una familia monoparental, consiguiendo que la justicia reconociera el derecho a ampliar el permiso de maternidad en 10 semanas adicionales.

Igual trato para el menor

La demandante fue madre en agosto de 2021. Por Resolución de la Delegación del Gobierno, se le reconoció el derecho al permiso de nacimiento y cuidado del menor, siendo ella la única progenitora y constituyendo así una familia monoparental. La trabajadora disfrutó de su permiso de agosto a diciembre de 2021.

En octubre del mismo año, presentó un escrito a la Delegación solicitando, que se le concediera también el “permiso del progenitor diferente de la madre biológica”, regulado en el artículo 49 c) del RD Legislativo 5/2015 (EBEP), con una duración de 16 semanas, al reunir todos los requisitos legales y reglamentarios para su reconocimiento. Sin embargo, la solicitud le fue denegada.

La sentencia reconoce el derecho del menor a ser tratado sin discriminación respecto a menores de familias con ambos progenitores, los cuales disfrutan de 32 semanas de cuidados.

 

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