Un nuevo derecho permite a miles de jóvenes cotizar a efectos de jubilación durante su periodo de prácticas no laborables

Un nuevo derecho permite a miles de jóvenes cotizar a efectos de jubilación durante su periodo de prácticas no laborables
Alrededor de 1,2 millones de estudiantes serán dados de alta en la Seguridad Social durante el periodo de su formación en la empresa

Este primero de enero ha entrado en vigor, tras el vencimiento de la moratoria de tres meses solicitada por las comunidades autónomas, y superadas las presiones de los rectores de las universidades.

La medida acordada en la reforma de pensiones pactada entre el Gobierno y los agentes sociales en lo relativo a la cotización a la Seguridad Social de las personas en prácticas universitarias, de formación profesional o en la investigación, obligatorias para la obtención de un título académico, está recogida en el Real Decreto-ley 2/2023.

La previsión del Gobierno es que 1,2 millones de estudiantes, –de estos, medio millón de formación profesional– que contribuyen al desarrollo científico, tecnológico y cultural del país, se beneficien del derecho a la cotización por los periodos de prácticas. Esta cotización computa a efecto de futura pensión, con lo que se garantiza una mayor cobertura social.

Las prácticas a que se refiere el RDL son las realizadas por el alumnado universitario, tanto las dirigidas a la obtención de titulaciones oficiales de grado y máster, doctorado, como las dirigidas a la obtención de un título propio de la universidad, ya sea un máster de formación permanente, un diploma de especialización o un diploma de experto. Así como la las realizadas por alumnos y alumnas de formación profesional.

La acción protectora recogida en la norma será la correspondiente al régimen de Seguridad Social aplicable, con la exclusión de la protección por desempleo, de la cobertura del Fondo de Garantía Salarial y por Formación Profesional. En el supuesto de las prácticas no remuneradas se excluirá también la protección por la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.

 

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