El Tribunal consideran que la norma, instaurada en una empresa privada y que impide llevar cualquier signo religioso visible, no constituye discriminación directa siempre que se aplique de manera general
El Tribunal consideran que la norma, instaurada en una empresa privada y que impide llevar cualquier signo religioso visible, no constituye discriminación directa siempre que se aplique de manera general