Amnistía y reconciliación

Amnistía y reconciliación

La crispación política existente, las manifestaciones nocturnas en Madrid frente a la sede del PSOE, las distintas concentraciones en casi todos los pueblos de España, los diversos pronunciamientos que se vienen produciendo por parte de sindicatos policiales y de la Guardia Civil, el mundo empresarial, algunos obispos y el mundo del derecho, tanto en aquellos que se dedican a la enseñanza universitaria del Derecho Constitucional como los integrados en lo que conocemos como la Judicatura (Consejo General del Poder Judicial incluido, aunque a este último quizás la prudencia hubiera aconsejado que, antes de pronunciarse, esperaran a conocer el texto definitivo de aquello a lo que ponen reparos) indican que algo anómalo está sucediendo.

Si hace unos cuatro o cinco años el clima se enrareció con la excusa de que entraban en el Gobierno de España la calificada como izquierda radical, con el añadido de que algunos de ellos pertenecían o habían pertenecido al Partido Comunista (algo que para muchos es como nombrarles al mismísimo demonio con cuernos y rabo incluidos), ahora el motivo de crispación viene a raíz de la amnistía que se pretende conceder a los dirigentes catalanes que protagonizaron hechos ocurridos durante el período de tiempo conocido como el procés y que culminaron con el referéndum  del 1 de octubre de 2017. Parece ser que en este país, no para todos pero sí para algunos, nombrar a los catalanes produce tantos sarpullidos como para otros, no todos pero sí muchos, producen la izquierda y los comunistas.

Como del tema se viene hablando y escribiendo mucho, esta reflexión pretende ofrecer la visión de un no experto en derecho, pero que se esfuerza por aplicar el sentido común a la hora de afrontar el tema de la amnistía. Y se quiere hacer excluyendo la descalificación sistemática y desde el respeto a quienes tienen una visión contraria del tema a debate.

Que el tema es complejo lo indica la constatación de que el mundo del Derecho está dividido ante él. Juristas de reconocido prestigio, catedráticos de universidad expertos en derecho constitucional, e incluso el mundo de la judicatura han expresado de manera razonada sus posicionamientos a favor o en contra de su encaje constitucional.

Pero esas mismas discrepancias son indicio de que, aunque el tema se ha de tratar con toda clase de cautelas, no es tan unánimemente claro como para concluir que la amnistía de la que hablamos (que afectará a los protagonistas del procés y el referéndum en Cataluña del 1 de octubre de 2017, pero previsiblemente a mucha más gente) es contraria a derecho. A la luz de esta constatación, ¿no sería más lógico esperar a que el Proyecto de Ley siga su tramitación parlamentaria y, cuando esta acabe, quien no esté de acuerdo con el resultado que recurriera a los mecanismos que la Constitución y las leyes ponen a su alcance para corregir una ley con la que se discrepa?

Que uno sepa, si el Proyecto de Ley de amnistía, tras su trámite parlamentario, es aprobado, pueden interponer Recurso de inconstitucionalidad contra él: el Presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 Diputados, 50 Senadores, los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas y, en su caso, las Asambleas de las mismas.

También pueden interponer lo que se conoce como Cuestión de inconstitucionalidad aquellos Jueces y Tribunales cuando consideran que una norma con rango de ley aplicable a la causa que están juzgando, y de cuya validez dependa la decisión que hayan de adoptar, pueda ser contraria a la Constitución.

E incluso, si todos esos posibles recursos fracasaran en su intento de anular total o parcialmente el actual Proyecto de ley de amnistía, aún cabría el recurso ante los Tribunales de la Unión Europea. ¿Por qué entonces tanto alboroto?

¿No será que el alboroto viene porque, no siendo partidarios de la amnistía (algo legítimo), no se quiere aceptar esta de ninguna manera aunque sea legal?

Si desde el punto de vista de la legalidad existen, como hemos contemplado, recursos jurídicos suficientes para garantizar  que la pretendida amnistía no saldrá adelante si no fuese acorde con la Constitución y el resto de leyes, el siguiente paso ha de ser recurrir a analizar si esa ley y lo que con ella se pretende, son o no adecuadas según la prudencia política y las exigencias del bien común.

Al principio de esta reflexión se hacía constar que se hacía no desde los conocimientos jurídicos sino desde el sentido común, el respeto a quienes ven el tema de distinta manera y excluyendo la descalificación sistemática a quien no piensa como uno. Ahora debo añadir que la reflexión también está hecha desde una conciencia fuertemente marcada por la fe cristiana, a la que pocas referencias se vienen haciendo desde el ámbito de la izquierda en la que yo me sitúo, pero a la que paradójicamente se alude bastante desde el ámbito de la derecha, precisamente donde se ubican la mayoría (no todos, hay que reconocer) de los que se oponen a la amnistía de la que hablamos.

Y desde ahí, lo primero que quiero constatar es que la amnistía, tanto desde la óptica jurídica como desde la religiosa, es considerada como una medida de gracia.  Y que, desde la perspectiva religiosa, la palabra gracia es algo que se otorga gratuitamente para que quien la recibe se pueda reintegrar a una vida social.

Un amigo mío ha dicho en relación con este tema y desde la conciencia cristiana que la amnistía ofrece la posibilidad de reflexionar desde la perspectiva de lo que supone el perdón y la reconciliación para afrontar los conflictos sociales”.

Porque en mi opinión, y reconozco que puedo estar equivocado, la posible amnistía, como medida de gracia, puede ayudar a afrontar desde la óptica de la reconciliación un grave conflicto social existente dentro de la sociedad catalana y también entre Cataluña y España.

Negar que ese conflicto exista, se contradice con todo el alboroto que la posible ley de amnistía está originando en nuestra sociedad. Por el contrario, abrir vías de entendimiento y diálogo que posibilite amortiguar esa situación conflictiva y buscar puntos de encuentro y entendimiento, yo lo veo como un bien necesario e imprescindible para la cohesión social.

El simple hecho de que partidos independentistas, como consecuencia de ese posible camino de diálogo y entendimiento, renuncien de manera explícita  a la conocida como “vía unilateral” y acepten arreglar los conflictos siguiendo la vía constitucional es más que suficiente para que, a falta de ver cómo se desarrolla la posible ley de amnistía en su necesario trámite parlamentario y en su más que probable fase judicial, de entrada vea esa medida de gracia como un acierto pese a sus posibles aspectos discutibles.

Y a los que piensan o entienden la cuestión de distinta manera, mis respetos para su posicionamiento. Pero debo confesar que se me hace difícil entender, desde una conciencia cristiana, posturas opuestas a medidas de gracia que ayuden a pacificar la sociedad.

 

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