La vivienda, «interés general»

La vivienda, «interés general»
La Constitución, de la que se dotó el Estado español en el año 1978, recoge en su redacción un catálogo de derechos fundamentales, que lejos de estar garantizados y protegidos, son sistemáticamente incumplidos.

Esto cobra especial gravedad en periodos de crisis como el actual. Uno de los derechos básicos es el acceso de todas las personas a una vivienda digna. Así lo recoge el artículo 47 de la Carta Magna, que encomienda a los poderes públicos la responsabilidad de promover «las condiciones necesarias y establecer las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación».

Este texto añade, además, que «la comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos». Bonitas palabras, sin duda alguna, que llaman a una reflexión profunda, que no podemos obviar.

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