La COVID-19 se considerará enfermedad laboral también en los celadores

La COVID-19 se considerará enfermedad laboral también en los celadores
El contagio por COVID-19 por parte del personal auxiliar de centros sanitarios también se considerará accidente de trabajo, si llegan a buen puerto las negociaciones entre sindicatos y Seguridad Social.

Aunque al principio de la pandemia, la COVID-19 fue considerada enfermedad profesional también para las personas trabajadoras de la sanidad aunque no atendieran directamente a pacientes, como el personal administrativo, de la limpieza o celadores, la dirección de la Seguridad Social cambió de criterio.

En un primer encuentro celebrado a finales del mes pasado con la participación de CCOO, los portavoces de la Seguridad Social mostraron su disposición a ampliar la cobertura al personal celador y analizar la situación del resto de colectivos que habían sido excluidos.

Para la organización de trabajadores además de las categorías mencionadas, habría que estudiar la cobertura como enfermedad profesional por COVID al personal del transporte sanitario, de prevención de riesgos, de servicios funerarios e incluso de seguridad, pues también están expuestos a riesgo biológico y contagio por su dedicación profesional.

El reconocimiento como accidente de trabajo va más allá del pago del 100% de las retribuciones, es un requisito para contemplar su reconocimiento futuro como enfermedad profesional en aquellos casos con secuelas, que se están produciendo en muchos contagios producidos.

 

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