Luz verde para derogar el artículo del Código Penal que criminaliza el derecho de huelga

Luz verde para derogar el artículo del Código Penal que criminaliza el derecho de huelga
El Congreso aprueba una proposición de Ley Orgánica de derogación del polémico artículo 315 apartado 3 del Código Penal, que contempla penas de cárcel para las labores informativas de los piquetes en el ejercicio del derecho de huelga y disuadir a los trabajadores y las trabajadoras de ejercer su libertad sindical.

La proposición de ley, con un artículo único, señala la supresión del apartado 3 del artículo 315 de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal y solicita, en su disposición transitoria, que “jueces o tribunales procederán a revisar las sentencias firmes dictadas de conformidad a la legislación que se deroga”.

Protege un derecho fundamental

Desde hace años, Comisiones Obreras y UGT vienen señalando la desproporcionalidad de este artículo y que, además de injusto, criminalizaba a trabajadores y trabajadoras en el ejercicio del derecho fundamental de huelga recogido por la Constitución española. La medida afecta directamente a más de 300 sindicalistas encausados en virtud de este artículo. La propia Organización Internacional del Trabajo (OIT) constató que se vulneraba el derecho de huelga al prever sanciones excesivamente elevadas y carecería de la suficiente precisión en la definición de las conductas castigadas, motivos por los cuales sería fuente de inseguridad jurídica y daría lugar a condenas desproporcionadas que no tomarían en cuenta ni las características propias del derecho de huelga ni la necesidad de proteger este derecho fundamental.

La recuperación de libertades y garantías democráticas perdidas por las duras medidas aprobadas por el Gobierno presidido por Mariano Rajoy, como consecuencia de la anterior crisis económica, ha sido una premisa del movimiento sindical desde el inicio de esta legislatura. Las organizaciones de trabajadores y trabajadoras considera que este artículo del Código Penal y la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como ley mordaza, son “un atropello a las libertades democráticas y un nítido intento de amordazar a la ciudadanía desde el ordenamiento jurídico”, legisladas en un contexto de máxima tensión social debido al aumento generalizado de la pobreza, la galopante pérdida de empleo y las injustas medidas de austeridad llevadas a cabo. En este sentido, los dos sindicatos han venido planteando al Gobierno actual dos profundas derogaciones. Por un lado, este artículo del Código Penal, que acaba de aprobarse en sede parlamentaria; y, de otro lado, la derogación de la ley mordaza, por su claro ataque a la protesta social. Está última “mordaza”, queda por resolver.

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Derecho de huelga y DSI

El encausamiento y las condenas de trabajadores junto con la importancia de defender el derecho de huelga, fue una preocupación expresada por la Hermandad Obrera de Acción Católica (HOAC). Este movimiento de trabajadores cristianos recordaba el magisterio social de la Iglesia que reconoce “la legitimidad de la huelga cuando constituye un recurso inevitable, si no necesario para obtener un beneficio proporcionado después de haber constatado la ineficacia de todas las demás modalidades para superar los conflictos. La huelga, una de las conquistas más costosas del movimiento sindical, se puede definir como el rechazo colectivo y concertado, por parte de los trabajadores, a seguir desarrollando sus actividades, con el fin de obtener, por medio de la presión así realizada sobre los patrones, sobre el Estado y sobre la opinión pública, mejoras en sus condiciones de trabajo y en su situación social. También la huelga, aun cuando aparezca como una especie de ultimátum, debe ser siempre un método pacífico de reivindicación y de lucha por los propios derechos; resulta moralmente inaceptable cuando va acompañada de violencias o también cuando se lleva a cabo en función de objetivos no directamente vinculados con las condiciones del trabajo o contrarios al bien común”. (CDSI, 304)

 

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