Unas 40.000 trabajadoras de telemárquetin tendrán un contrato indefinido gracias a una sentencia

Unas 40.000 trabajadoras de telemárquetin tendrán un contrato indefinido gracias a una sentencia
La Audiencia Nacional da la razón a las denuncias de CCOO y CGT y estima que las campañas o servicios contratados para actividades o funciones de “Contact Center” tienen “sustantividad” propia. Este fallo supone, según los sindicatos, que unas 40.000 trabajadoras que tienen contrato por obra y servicio en este sector podrán pasar a tener un contrato indefinido.

Fue en diciembre de 2020 cuando el Tribunal Supremo sentenció que, en empresas cuya actividad esencial es la prestación de servicios, los contratos debían ser indefinidos. Tras ella, CCOO y CGT interpusieron sendas denuncias ante la Audiencia Nacional para reclamar la adaptación del Convenio a la normativa europea y a la sentencia del Supremo y que las personas contratadas para realizar tareas de call center o telemárquetin fueran consideradas indefinidas, a pesar de hacerlo por medio de terceras empresas.

En estos días, la Audiencia ha estimado, en respuesta a las demandas formuladas por la Federación de Servicios de CCOO y CGT del II Convenio Colectivo de Ámbito Estatal del Sector de Contact Center, suscrito de una parte, por la Asociación de Contact Center Española (ACE), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por los sindicatos CCOO y UGT, en representación de los trabajadores, que “se entenderá que tienen sustantividad propia todas las campañas o servicios contratados por un tercero para la realización de actividades o funciones de Contact Center cuya ejecución en el tiempo es, en principio de duración incierta, y cuyo mantenimiento permanece hasta la finalización de la campaña o cumplimiento del servicio objeto del contrato».

Este fallo supone, según los sindicatos, que aproximadamente unas 40.000 personas que tienen contrato por obra y servicio en este sector podrán pasar a tener un contrato indefinido dando, de esta forma, estabilidad a sus puestos de trabajo.

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Piden la colaboración de la Inspección de Trabajo

Por su parte, CGT recuerda que esta sentencia es ejecutiva desde que se dicta, por lo que las empresas subcontratas están obligadas a redefinir la laboralidad de una parte muy numerosa de su plantilla. Para este sindicato, “la sentencia del Supremo fue tratada en dos reuniones con la patronal, sin resultado alguno», por lo que, intuyen, que no habrá un cambio voluntario de las empresas y que deberán acudir “masivamente” a Inspección de Trabajo para reclamar contratos indefinidos.

Del mismo modo, Ana Ramiro, responsable de Salud Laboral de la Federación de Servicios de CCOO, considera que con la sentencia de la Audiencia Nacional, «se le ha quitado un peso de encima a miles de trabajadores que deben ser considerados indefinidos, aunque ahora toca dar la pelea para que se materialice lo que dice la sentencia».

Ramiro opina que que reducir la inseguridad laboral, entendida como miedo a perder el trabajo y no encontrar otro, también es luchar por la salud mental. Una prioridad para su federación, donde hay puestos de trabajo sometidos a un control estricto que aumenta los riesgos físicos y psicosociales. «En muchas de estas empresas se prohíbe ir al baño fuera de los descansos marcados», puso como ejemplo.

 

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